5 Cosas “raras” por las cuales pueden multarte en CDMX , algunas llaman la atención por su carácter peculiar. Por eso, te decimos cuales son las más raras.
Cada día, numerosos residentes de la Ciudad de México (CDMX) son penalizados por violar alguna disposición del Reglamento de Tránsito o la Ley de Cultura Cívica local. Por ello, aquí te presentamos las multas más singulares por las cuales podrías ser sancionado.
Desde cuestiones relacionadas con tus mascotas hasta incidentes con tu vehículo, las multas más peculiares cubren una amplia gama de situaciones que podrían afectar a cualquier habitante de la CDMX.
Multa por poner luces neon en un micro de la CDMX:
Según el Artículo 43, los vehículos motorizados no pueden ponerle “luces neón”, ya que podrían entorpecer el trabajo de las autoridades a la hora de identificar un vehículo. En caso de hacerlo, la multa sería de 10, 15 o 20 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, es decir, de 103.74 pesos mexicanos, lo que se traduce a mil 37 a dos mil 74 pesos.

Quedarse sin gasolina o lubricante
Por más increíble que parezca, quedarte en medio de la vía a causa de la falta de gasolina o lubricante, le podría traer a los ciudadanos una multa de 5, 7 o 10 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, es decir de 518, 726 o mil 37 pesos.
No recoger la popó de tu perro
El Artículo 15 de la Ley de Cultura Cívica de la CDMX indica que los habitantes deben recoger las heces de sus mascotas; de lo contrario la multa será de 11 a 40 Unidades de Medida, o sea de mil 141.14 pesos a 4 mil 149.6, pesos o arresto de 13 a 24 horas. La sanción también podría ser trabajo comunitario de 6 a 12 horas.

No estacionarse correctamente
Malas noticias para los principiantes, pues quienes no lo hagan recibirán una multa de 10, 15 o 20 veces la Unidad de Medida y Actualización ( mil 37 a dos mil 74 pesos) y perderán un punto a la licencia para conducir.
Por espiar una casa o edificio
Los fisgones también podrían recibir una multa de 21 a 30 Unidades de Medida, que se traduce de 2 mil 178 a 3 mil 112 pesos mexicanos, pues el Artículo 28 de la Ley de Cultura Cívica dice que es motivo de una sanción el “trepar bardas, enrejados o cualquier edificio.

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